Los estudiantes y profesionistas trabajadores de la Federación y del Gobierno del Distrito Federal no estarán obligados a prestar ningún servicio social distinto del desempeño de sus funciones. El que presten voluntariamente dará lugar a que se haga la anotación respectiva en su hoja de servicios.
Tener como mínimo el 70 % de los créditos de la carrera.
Tener nombramiento actual de empleado de la Federación o de Distrito Federal.
Tener una antigüedad mínima de 6 meses en el empleo.
Realizar actividades acordes al perfil de la profesión.
Enviar los documentos a ctss@ingenieria.unam.edu, se deben enviar los de inicio, los reportes acompañados de su talón de pago y la carta de términación en tiempo y forma.
Realizar un oficio de solicitud, dirigido al Coordinador de Servicio de la División correspondiente.
Constancia de certificación de empleo expedida por el Departamento de Recursos Humanos de la dependencia donde labora el estudiante, que contenga:
Descripción del puesto
Salario
Antigüedad
Constancia de actividades expedida por el Departamento donde labora el estudiante, indicando funciones y conteniendo: nombre, dirección y teléfonos de la persona que los suscriba.
Comprobantes de adscripción laboral, que serán los siguientes:
Copia de los talones de cheques (últimos 6 meses).
Copia del nombramiento
Entregar un programa de Actividades a realizar durante esta etapa.
Que el alumno realice el trámite de inscripción normal que se tenga establecido en su escuela o facultad y que éste entregue la documentación completa de acuerdo a las necesidades de su plantel.
Mensual y/o bimestral.
Final
Que el alumno permanezca en el empleo 6 meses como mínimo.
Este artículo NO debe interpretarse como liberación automática del servicio social. Es un medio concreto para que las personas que laboran en dependencias Federales y del Distrito Federal realicen la prestación del servicio social en el mismo lugar de trabajo, siempre y cuando las actividades que desempeñan sean acordes al perfil de la carrera y el programa de servicio social está dado de alta ante la DGOSE y vigente
Quedan excluidas de este artículo las personas que no cuentan con un contrato formal de empleado de la Federación o del Distrito Federal (interinos, por honorarios o contratados por terceros).